La norma establece que la Secretaría de Minería a cargo del Ministerio de Economía es la responsable de crear y administrar el Programa Nacional de Divulgación Sistemática de la Actividad Minera (ProNDSAM), que tendrá como objetivos generales jerarquizar los procesos de divulgación sistemática de la información minera; regular el funcionamiento del Sistema de Información Abierta a la Comunidad sobre la Actividad Minera en Argentina (SIACAM), garantizar al cumplimiento de estándares internacionales; estandarizar la publicación de informes y fijar la metodología para el tratamiento y publicación de información.
La Dirección de Transparencia e Información Minera será la encargada de la implementación, ejecución y control del Programa.
Entre sus funciones, la resolución establece que deberá:
a) Garantizar la actualización permanente de los indicadores, informes y datos abiertos del SIACAM;
b) Publicar en el SIACAM informes mensuales sobre exportaciones mineras, balance comercial de los principales proyectos mineros y origen provincial de las exportaciones mineras;
c) Publicar en el SIACAM informes mensuales sobre empleo minero y empleo por provincia;
d) Publicar en el SIACAM informes mensuales sobre precios internacionales de los minerales más relevantes;
e) Publicar en el SIACAM informes especiales que profundicen en el análisis de aspectos específicos del sector minero;
f) Publicar la cartera de proyectos mineros de la República Argentina producida por la Dirección Nacional de Promoción y Economía Minera.